CONFERENCIA  

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• Norma Leticia Campos Aragón, Comisionada, Comisión Reguladora de Energía

En México, el código de red eléctrica se rige por la Comisión Reguladora de Energía (CRE). Esta institución establece las regulaciones y normativas para la operación, mantenimiento y conexión de los sistemas eléctricos en el país. 

¿Qué es el Código de Red? 

El Código de Red, está conformado por Criterios, Procedimientos y Manuales. Los Criterios, son de aplicación General; los Procedimientos, dictan la forma de proceder en diversos aspectos operativos como la corrección de la tensión, entre otros; los Manuales, son apartados sin numerar que detallan los criterios generales; y en todos ellos se mezclan aspectos técnicos que deben ser verificados mediante la certificación con aspectos de procedimiento que tienen un carácter no-técnico sancionable y técnico desde el punto de vista de criterios de diseño y planeación. 

Por tanto, la aplicación del Código de Red se determina bajo la lógica de la estructura del mismo documento:

De acuerdo con la Doctora Norma Leticia Campos, Comisionada de la CRE, los participantes del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) “fueron elevándose en la medida de que las reglas fueron quedando claras”, resaltando así la importancia de mantener una estructura normativa actualizada y adaptada a las necesidades actuales, la cual se ha construido en los últimos cinco años.

Norma Leticia Campos Aragón, Comisionada, Comisión Reguladora de Energía

Según lo mencionó la Comisionada, anteriormente los criterios para el establecimiento de permisos para los participantes del MEM eran demasiado flexibles, por lo que la CRE está buscando que ahora dichos permisos respondan al desarrollo de la infraestructura eléctrica nacional. Lo anterior implica un cambio en el alcance del código, en lo que la CRE denomina el Código de Red 2.0. 

Norma Leticia Campos Aragón, Comisionada, Comisión Reguladora de Energía
El Código de Red 1.0 vs Código de Red 2.0 

La Doctora Campos presentó los grupos de trabajo del Comité Consultivo de Confiabilidad, el cual tiene como objetivo convertir el Código de Red en el instrumento legal con las reglas a las que debe de ajustarse una autoridad y los regulados, incluyendo los procedimientos para disminuir controversias y medios de impugnación que se fijen para la protección de los intereses de las personas y las empresas. 

De esta forma, presentó a CANAME como participante del grupo de trabajo “Planeación, Operación y Control”, que busca determinar la viabilidad y en su caso, la forma de integrar disposiciones o requerimientos relacionados con tecnologías aprobadas o emergentes en la cadena de valor de la electricidad respecto a Centrales Eléctricas Flexibles, Tecnologías de fortalecimiento de las redes de transmisión (FACTS) y Sistemas de Almacenamiento de Energía (SAE). 

De la misma forma, la Cámara participa en los grupos de “Distribuidor” que tiene como meta revisar el desempeño de las Redes Generales de Distribución, identificar áreas de oportunidad y realizar propuestas al respecto, con sus correspondientes justificaciones, y en el grupo “Electromovilidad” cuyo objetivo es observar y analizar posibles afectaciones al Sistema Eléctrico Nacional por la integración de centros de carga dedicados a la recarga de vehículos eléctricos. 

La Doctora Norma Campos concluyó su ponencia con las siguientes consideraciones: 

  • Se debe tomar en consideración del Comité Consultivo del Confiabilidad es un órgano propositivo y no es vinculante, toda vez que, depende del Órgano de Gobierno la aprobación de las propuestas sometidas a consideración por parte del Comité.
  • Extraer del Código de Red, todos los parámetros técnicos que deben seguir un procedimiento científico y reproducible, para elaborar las normas oficiales